
La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó el fallo recurrido que condenó al Hospital Regional a indemnizar por falta de servicio a la esposa e hijas de Armando Marín Villegas, quien falleció el 10 de octubre de 2014.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Manuel Díaz Muñoz y el abogado (i) Fernando Orellana Torres- confirmó la resolución dictada por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, el 21 de diciembre de 2017.
Por esta razón, ordenó pagar una indemnización por concepto de daño emergente de dos millones quinientos setenta y tres mil setecientos ocho pesos, además de treinta y tres millones novecientos setenta y tres mil seiscientos treinta y dos pesos por lucro cesante y setenta millones de pesos por daño moral a la esposa de la víctima y cincuenta millones de pesos por daño moral a cada una de las hijas.
“La no utilización de la operación Hartmann en primera intervención quirúrgica efectuada a Armando Marín y la no adopción de las medidas apropiadas para advertir el vertido del contenido intestinal en la zona abdominal del paciente, en forma oportuna, para evitar la consiguiente pelviperitonitis que se produjo, solo puede calificarse como no ajustada a la lex artis, toda vez que, produciéndose una falta de servicio y una pérdida de chance para recuperar la salud afectada por el cáncer, lo que importa un daño inferido por la demandada a los demandantes -la muerte de su progenitor y cónyuge, según el caso– que se intervino para recuperarla”, señala el fallo.