Resolución indica que cuando la autoridad transforma sus cuentas de redes sociales personales en una vía de comunicación de la institución debe someterse a las mismas reglas que las cuentas institucionales, por lo que está prohibido el bloqueo de usuarios. Todos los usuarios bloqueados en las cuentas personales de Facebook, Twitter, Instagram o Tiktok del Alcalde, deberán ser desbloqueados a la brevedad.
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