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Domingo 20 de Abril del 2025 22:46

Corte de Antofagasta descarta vulneración derechos por no renovar contrato de funcionaria del Servicio de Salud

"Corresponde rechazar la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales producida con ocasión del despido, cobro de prestaciones laborales e indemnización de perjuicios por daño moral", resolvió la Corte.

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad presentado por el Servicio de Salud en contra la sentencia que acogió la demanda de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido presentada por funcionaria, tras establecer que la no renovación de la contrata de la recurrida se ajustó a derecho.

En fallo unánime (causa rol 230-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Claudia Lewin Arroyo y el abogado (i) Jorge León Rojas– anuló la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta y, en sentencia de reemplazo, rechazó la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales producida con ocasión del despido, cobro de prestaciones laborales e indemnización de perjuicios por daño moral.

En la sentencia de reemplazo, el tribunal de alzada consigna que: “(…) se arriba a la improcedencia de la acción de tutela impetrada del modo en que se hizo, pues las situaciones que se pueden dar en las contratas de funcionarios públicos, cuando el organismo no quiere perseverar en ellas son básicamente que, la contrata tenga fecha de expiración el 31 de diciembre del año en que se pactó y se decide no prorrogarla o que, teniendo esa fecha como tope, tratándose de un cargo transitorio se le ponga término anticipadamente ‘por no ser necesarios los servicios’ y también puede darse el caso como el que nos ocupa, en que la demandante sabía que su contrato expiraba el 28 de febrero de 2021 y aun así en su demanda no aludió y en el juicio no probó con antecedente alguno de dónde derivaba su real expectativa de que se le volviera a contratar a partir de marzo y hasta el 31 de diciembre de ese año, qué funciones desempeñaría, sus ingresos, horarios, etc.”.

La resolución agrega que: “(…) la contrata pactada entre doña Yeliza Nicole Garcés Araya y el Servicio de Salud de Antofagasta terminó por vencimiento del plazo, es que corresponde rechazar la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales producida con ocasión del despido, cobro de prestaciones laborales e indemnización de perjuicios por daño moral, que ésta dedujo en contra del Servicio de Salud de Antofagasta”.

Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA la demanda principal de tutela por vulneración de derechos fundamentales producida con ocasión del despido, cobro de prestaciones laborales e indemnización de perjuicios por daño moral, deducida por Cristóbal Orellana Osorio en representación de Yeliza Nicole Garcés Araya, en contra del Servicio de Salud de Antofagasta”.